Difusión de falsedades sobre una sentencia judicial al joven de Granada

By | miércoles, junio 08, 2016 Leave a Comment


Ayer Martes entró en prisión Alejandro Fernández, el joven de Granada condenado "por pagar 79 euros" con un tarjeta bancaria que no era suya en 2010. El Tribunal ha condenado a esta persona a 6 años de prisión. Y hoy, un día después, ha comenzado a difundirse en la redes sociales, así como en diversos medios de información, una estampa a modo de esquema con una información falsa y engañosa sobre este acusado.

Me he tomado unos minutos para saber sobre este caso tan comentado y visualizado del que no había informado hasta ahora a pesar de llevar días en los telediarios.
La sentencia sobre el joven está publicada en la web de Poder Judicial, sin embargo, tras leer algunas páginas, el nombre de Alejandro Fernández no aparece ni una sola vez en los folios. Me extrañó bastante. ¿Se trata acaso de otra sentencia parecida entonces? No. El pdf de la sentencia está anonimizado según el diario elconfidencial.com, que parece ser una licencia para ocultar los nombres reales de los acusados, es decir, los nombres reales son modificados por otros ficticios.
En este pdf, Alejandro Fernández es Isidro Daniel.

La estampa está difundida por la red y en diarios como España Diario, de hecho desconozco si son los autores. En ella se hace un esquema sobre los datos en que se asienta la condena que ha recaído sobre "el condenado a 6 años". Alejandro no es el único condenado a seis años, como dice la sentencia, pero sí es el único al que se le conoce con los titulares de prensa por ir a prisión "por 79 euros". Sin duda, esta estampa se centra en él, a pesar de que su nombre no está escrito por ninguna parte ni como Alejandro ni como Isidro.



En esta estampa, empezando por la columna central, queda explícitamente anunciado que ya fue condenado en el año 2014 por un delito de estafa. Esto es falso. En la sentencia judicial viene también explícito que Isidro Daniel (Alejandro) no tiene antecedentes penales (Página 4/21. Apartado Hechos Probados, punto A).

El que fue condenado en 2014 por estafa era otro de los acusados, Guillermo Tomás (Página 5/21. Apartado Hechos Probados, punto B).


En la misma estampa, se enlista a un lado el "material intervenido en su domicilio", es decir, el domicilio de Isidro Daniel. Pasaportes, tarjetas, lectoras grabadoras magnéticas, etc. Y la derecha, el "material intervenido al ser detenido", obviamente, a Isidro.
Esto también es falso. En la sentencia, viene bien claro, que esta lista de materiales desglosados son efectivamente requisados en una vivienda, pero no la de Isidro Daniel, sino en la de Guillermo Tomás. Lo dice la sentencia (Página 5/21. Apartado Hechos Probados, punto B).


Antes de precipitar cualquier conclusión, es objetivamente acertado decir que la información de la estampa difundida en redes sociales y en medios, es falsa. Así de simple. Es importante, ya que obtener esta falsedad delibera en conclusiones personales basadas en mentiras. Por tanto, compartir la difusión de esa estampa va en detrimento del juicio justo.
Haciendo juicios paralelos, se pueden tener ideas como que los conocidos estaban compinchados, que no importa el lugar donde encontrasen el material si ambos están involucrados, etc. Sí, pero el caso es que estás construyendo un juicio mental sobre datos falsos, que es a lo que vamos. Antes de cualquier opinión habrá que tener la base de los hechos completamente limpia, digo yo. Si no, vaya juicio.

Recuerdo, que todo está en la sentencia. No me he inventado nada. Pero me surgen a raíz esto otras dudas como a muchos, supongo:

¿Por qué es encarcelado esta persona si no tiene antecedentes penales?

Nadie entra en prisión sin antecedentes por haber estafado un cifra tan baja como la "79 euros". Hasta dónde sé es así. Pero no conozco más la Ley, y la jueza ha estimado que a pesar de ello, esta persona debía entrar en prisión. Y si hay alguien que me lo aclare, lo agradezco. Muchos pensamos que por ese dinero no se entra en prisión, así que sospechamos que algo más hay. Pero desde luego, no es por la información incluida en esa imagen difundida, ya que no es estrictamente fiel a lo que dice la sentencia.

¿De dónde salen los "79 euros"?

En las veintiuna hojas no aparece escrito esa cifra por ninguna parte. Los "79 euros" salen de las declaraciones que hizo el abogado de la defensa al periódico elconfidencial.com, y que se ha replicado en los titulares principales que han contado esta noticia en varios medios. Supongo, que por lo que estima él con cálculos que es lo estafado por Alejandro, a pesar de las cifras más altas declaradas en la sentencia, que también imagino como la suma de las cantidades estafadas por los acusados en grupo.

Su defensa no se sostiene

En el mismo periódico se relata que ahora niega acusaciones que ante la jueza sí admitió, además de no ser muy consistente declarar que nunca vio una tarjeta falsa antes, pensaba que no había nada malo en ello, pero sin embargo su nombre y sus datos ya estaban grabados en la tarjeta cuando su amigo se la dio. No, no convence mucho de inocencia.

Yo no tengo rigor judicial para saber si la versión de este joven es cierta. Fuera engañado como él dice, o pertenezca a una banda que estafaba, yo no lo sé. El delito ocurrió, es un hecho.
No he visto el noticiario televisivo, que por rumores entiendo que corrieron en su favor debido a la dura condena por una baja cifra de euros. No he tenido tiempo de ver los telediarios, así que no tengo el prejuicio de, en caso de ser un miembro de una banda dedicada a la estafa, sentir que "el tipo no era un angelito", como he leído varias veces hoy.

Lo que vengo a dar la brasa con lo que he escrito, es que de nuevo se juega con información falsa, procedente de páginas ajenas de facebook que sueltan la dichosa estampa como si nada, sin tan siquiera pararse a contrastarla con la sentencia, que es lo que yo he hecho en lugar de seguir compartiendo en cadena una imagen de la que no sabemos ni su fuente. Y comparar la sentencia con la imagen que se ha divulgado lo podemos hacer todos. La falsedad de esos cómodos posts que vemos al abrir las redes sociales cada mañana nos siembran datos incorrectos, y se convierte en algo peligroso si se trata de construir un juicio justo hacia una persona encausada.
No estoy pidiendo que no se juzgue al joven. No estoy defendiéndole de sus actos, lo defiendo de mentiras difundidas que no están en LA SENTENCIA. Estoy señalando el criterio con el que con dudosas informaciones están moldeando nuestro pensamiento hacia una sola dirección, tal como vengo hablando en los últimos artículos de mi blog.

Todos opinamos acerca de lo que nos enteramos, pero es mejor opinar después de informarnos.
Como opinantes sobre la culpabiliad de un acusado somos libres, pero ojo, porque el día que se nos acuse a nosotros también desearemos que las opiniones estén formuladas sobre verdades y no sobre falsedades infundidas y arrojadas para más inri, a los errores que ya hayamos cometido.


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